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Los Incoterms

(International Commercial Terms)

son términos utilizados en los contratos internacionales que detallan las obligaciones de cada una de las partes (exportador-vendedor e importador-comprador) a la hora de entregar las mercancías.


Grupo E: Entrega directa a la salida

  • EXW: Entrega en fábrica (lugar convenido). El vendedor pone a disposición del comprador las mercancías en sus propios almacenes.

Grupo F: Entrega directa a la salida

  • FCA: Franco transportista (lugar convenido). El vendedor se obliga a entregar la mercancía poniéndola a disposición del transportista nombrado por el comprador en un punto convenido.
  • FAS: Franco al costado del buque (puerto de carga convenido). El vendedor se obliga a entregar la mercancía colocándola al costado del buque en el muelle del puerto de embarque acordado.
  • FOB: Franco a bordo (puerto de carga convenido). El vendedor pone a disposición del comprador la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque fijado.

Grupo C: Con pago del transporte principal

  • CFR: Coste y flete (puerto de destino convenido). El vendedor paga los gastos y el flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido.
  • CIF: Coste, seguro, flete (puerto de destino convenido). El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CFR y además paga el seguro de la mercancía durante el transporte.
  • CPT: Transporte pagado hasta (lugar de destino convenido). El vendedor paga el flete del transporte de la mercancía hasta el destino convenido.
  • CIP: Transporte y seguros pagados hasta (lugar de destino convenido). El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CPT, y también paga el seguro del transporte de la mercancía.

Grupo D: Entrega directa en el punto de llegada

  • DAT: Entrega en terminal. El vendedor entrega la mercancía, una vez descargada del medio de transporte utilizado, y la pone a disposición del comprador en la terminal de destino convenida.
  • DAP: Entrega en lugar. El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en el lugar acordado con el comprador, incluyendo todos los gastos asociados a la descarga de la mercancía del medio de transporte empleado.
  • DDP: Entregado con derechos pagados (lugar de destino convenido). Con las mismas obligaciones que bajo DAP, pero además el vendedor paga los derechos e impuestos de la importación de la mercancía.